¿QUÉ ES LA DEUDA SOCIAL PERUANA?
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Juan C. Paredes Azañero
Cajamarca, 29 de setiembre de 2014
Es el adeudo del Estado Peruano a sus trabajadores por sus servicios prestados que fueron reducidos o dejados de pagar en su oportunidad por disposiciones antojadizas, abusivas e ilegales de los gobernantes de turno.
En el magisterio peruano, el sector más oprimido en el Presupuesto General de la República y por ende en la escala remunerativa fue el más afectado con la deuda social, ahora, se tiene que hacer las reclamaciones ante el Poder Judicial que luego de dilatados procesos autorizan los pagos correspondientes.
Entre los rubros que se adeudan al magisterio peruano y que forman parte de la deuda social son:
- Preparación de Clases.
Por lo tanto, los maestros del Perú tienen derecho a percibir un incremento real en sus remuneraciones mensuales por concepto de esta bonificación de un incremento real aproximadamente de S/. 360.00 nuevos soles, según el nivel en que se encuentre el docente.
Finalmente, a modo de ilustración, indicamos que al poco tiempo de instaurarse los Gobiernos Regional -luego de las elecciones de 2010-, en algunas Regiones del Perú los Presidentes Regionales identificados con el Magisterio reconocieron y pagaron la deuda social del 30% por Preparación de Clases, más, resulta inexplicable que en la Región Cajamarca no se atendió este clamor magisterial y ahora, esperamos que las nuevas autoridades que salgan elegidas para el periodo 2015 – 2018 canalicen los recursos para el pago de esta deuda social que fue punto de campaña de algunos candidatos a la Presidencia Regional en diversos Debates.
REGIONES DEL PERÚ QUE RECONOCEN LA DEUDA SOCIAL A LOS PROFESORES DE SU JURISDICCIÓN EL 30% POR PREPARACIÓN DE CLASES
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Fuente: Archivos de CaSu.
- Refrigerio y Movilidad
La bonificación por refrigerio y movilidad que establece el decreto supremo Nº 025-85-pcm, el mismo que contempla el pago de una asignación por refrigerio y movilidad equivalente a S/. 5.00 (cinco y 00/100 nuevos soles) en forma diaria; lo cierto es que actualmente sin ninguna razón jurídica, este beneficio se vino otorgando en forma mensual, conforme se puede advertir de las boletas de pago de docentes y administrativos activos y cesantes.
En las demandas judiciales se deben solicitar el reintegro de las remuneraciones devengadas tomando como base del cálculo la Remuneración Total y asimismo el pago de los intereses legales sin costos ni costas del proceso.
Otros aspectos que forman parte de la duda social, que deben ser solicitados, son:
- Tiempo de Servicios: Al cumplir 20 o 30 años de servicios, corresponde S/. 2400.00 y S/. 3600.00, respectivamente, pero, solamente otorgan S/. 132.42 y S/. 178.92
- Subsidios por luto y Gastos de sepelio. Son conceptos diferentes, de acuerdo a Ley corresponde S/. 2400.00 c/u, pero solamente otorgan S/. 132.42
- IGV.
- TPH.
- Personal.